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El texto de aplicación de la norma 40 de la Carta Olímpica (conocido simplemente como la «norma 40») estipula lo siguiente: «Salvo autorización de la Comisión Ejecutiva del COI, ningún competidor, oficial de equipo o miembro del personal de equipo que participa en los Juegos Olímpicos debe permitir que su persona, nombre, imagen o actuaciones deportivas sean explotados con fines publicitarios durante los Juegos Olímpicos». Esta norma también se aplica a los JOJ.
¿Cuál es la finalidad de la norma 40?
La norma 40 existe por muchos motivos, incluido:
¿Cuándo está vigente la norma 40?
Durante el periodo de los JOJ, del 2 al 21 de octubre de 2018 (cuatro días antes de la ceremonia de apertura y tres días después de la ceremonia de clausura).
¿Qué ocurre si violo la norma 40?
Si el COI/CON son informados sobre una posible violación de la norma 40, cada caso se investigará y gestionará de manera independiente. El COI o el CON podrían aplicar sanciones, de conformidad con la Carta Olímpica.
¿A quién puedo contactar si quiero más información sobre esto?
Ponte en contacto con tu CON. Si ellos no lo tienen claro, se pondrán en contacto con el COI.
Puedes consultar la norma 40 en la Carta Olímpica.
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