¿Qué es el dopaje?

La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) considera como dopaje cualquiera de los siguientes hechos:
- Presencia de una sustancia prohibida, o de sus metabolitos o marcadores, en la muestra biológica de un deportista.
- Uso, o tentativa de uso, de una sustancia o método prohibido.
- Negarse a pasar un control antidopaje o eludirlo de cualquier manera, sin una justificación válida.
- Incumplimiento de la localización o paradero del deportista. Se considerará una infracción, cualquier combinación de tres, bien sea de controles fallidos o de la obligación de facilitar la localización del deportista, dentro de un periodo de doce meses.
- Manipulación, o tentativa de manipulación, de cualquier fase del control de dopaje.
- Posesión de una sustancia o método prohibido sin la autorización de uso terapéutico correspondiente.
- Tráfico de una sustancia o método prohibido.
- Administración, o intento de administración, de una sustancia o método prohibido a un deportista, así como cualquier tipo de ayuda, complicidad, encubrimiento o incitación a otros deportistas a que se dopen.
- Complicidad, cualquier tipo de complicidad intencional en relación con una infracción de las normas antidopaje o cualquier intento de infracción de las normas antidopaje por otra persona.
- Asociación prohibida, la asociación con cualquier persona de apoyo al deportista que esté cumpliendo un periodo de suspensión, o haya sido condenado o hallado culpable en un procedimiento penal, disciplinario o profesional, por haber incurrido en conductas constitutivas de una infracción de las normas antidopaje.
- Represalias, actos llevados a cabo para disuadir de informar a las autoridades o para tomar represalias contra quien lo haga. Cualquier acto como amenzar, intentar intimidar o tomar represalias contra una persona que ha informado o aportado evidencia, de buena fe, de una presunta infracción de las normas antidopaje o de un presunto incumplimiento del Código.
Es muy importante hacer hincapié en que, en última instancia, el deportista es el responsable principal de velar por su salud y por el juego limpio. Por tanto, si se encuentra cualquier sustancia prohibida en su organismo o se descubre la utilización de un método prohibido, aunque el deportista haya obrado inconscientemente, se considerará que dicho deportista se ha dopado y será sancionado en consonancia.
La utilización de las sustancias o métodos prohibidos en el deporte para el incremento del rendimiento deportivo tiene unagrave repercusión en la salud de aquellas personas, deportistas o aficionados al deporte, que las consumen, en especial, en el medio y largo plazo.
Dependiendo de la naturaleza de la sustancia utilizada para el dopaje, el deportista puede ser capaz de competir durante más tiempo, responder más rápido, tolerar mayores cargas de entrenamiento o aguantar mejor el dolor.
Sin embargo, el uso de medicamentos, incluso el de los más comunes, está asociado con riesgos y potenciales efectos secundarios. De hecho, cualquier médico, cuando prescribe un medicamento en el marco de un tratamiento terapéutico, debe comprender la proporción entre riesgo y beneficio antes de expedir cualquier receta.
Por tanto, la utilización de fármacos al margen de un tratamiento terapéutico y por tanto, fuera de sus indicaciones autorizadas por las autoridades sanitarias competentes, entraña en sí mismo un riesgo para la salud del deportista, y más aún, si se tiene en cuenta que en dopaje se utiliza una combinación de sustancias y métodos en dosis muy distintas de las autorizadas para los tratamientos médicos para los que ha sido autorizadas.
ES UN RIESGO PARA LA SALUD
El riesgo para la salud del deportista o para el aficionado a la actividad deportiva es evidente si además se tienen en consideración los siguientes aspectos:
- Las sustancias o los métodos que utilizan los deportistas que recurren al dopaje generalmente han sido desarrollados para pacientes con una patología bien definida y no están destinados a su uso por parte de personas sanas.
- Los deportistas que consumen sustancias prohibidas a menudo las toman en dosis significativamente mayores y con una frecuencia mayor, que las que se prescriben para fines terapéuticos, y a menudo las usan en combinación con otras sustancias, desconociéndose los efectos y las posibles interacciones a corto, medio y largo plazo, al no existir estudios científicos al respecto.
- Las sustancias que se venden a los deportistas como potenciadores del rendimiento son elaboradas en muchas ocasiones de forma ilegal, y por lo tanto, posiblemente contengan impurezas o aditivos que pueden causar serios problemas de salud o incluso, la muerte.
- Además, los riesgos para la salud se incrementan cuando el uso de sustancias o métodos implica inyecciones, como los derivados del uso de inyecciones no esterilizadas que aumentan el riesgo de infecciones.
- Por último, el uso de cualquier sustancia también puede llevar a una adicción, ya sea psicológica o fisiológica.
DESHUMANIZA AL DEPORTISTA
En la práctica médica, el uso de fármacos se codifica de forma muy estricta con indicaciones y contra-indicaciones y su uso con la finalidad de incrementar el rendimiento deportivo, convierte a los deportistas en sujetos de “investigación” en contra de los principios básicos de la práctica y la deontología médicas.
Además, este uso de las sustancias farmacológicas fuera de los fines para los que fueron concebidas supone aceptar el uso de recursos económicos y conocimientos científicos para decidir la competición a costa de la salud de los deportistas que pasarían a convertirse en meros objetos de un espectáculo, siendo el mérito de los premios y las medallas el de las empresas farmacéuticas y de los equipos de investigación.
Por tanto, si se admite que la utilización de las sustancias y métodos prohibidos en el deporte conlleva serios riesgos de dañar la salud de quienes los utilizan, el dopaje debe estar prohibido para proteger a los propios deportistas que incurren en él. El deporte no puede y no debe exigir que los deportistas corran este tipo de riesgos convirtiéndose en cuerpos, es decir, convirtiendo a las personas en instrumentos para el deporte. Esto deshumaniza a los deportistas; significa que los cuerpos que se usan en el deporte son menos importantes que el deporte mismo.
RESPETO AL DEPORTISTA LIMPIO
El dopaje no sólo perjudica a los propios deportistas que abusan de sustancias ilegales, sino que afecta directamente a aquellos otros deportistas no lo hacen: los deportistas “limpios”.
Si los deportistas que no recurren a este tipo de sustancias y métodos sienten que otros deportistas recurren a sustancias ilegales, posiblemente sientan que deben hacer lo mismo para estar al mismo nivel, lo que provocaría la generalización de este tipo de conductas y se impondría un dopaje coercitivo en el que los deportistas que no lo hacen se ven forzados a hacerlo para estar en igualdad de condiciones.
En este mismo sentido, cabe mencionar que el Estatuto del Comité Olímpico Internacional dice que el deporte está en todas partes al servicio de la humanidad, lo que viene a enfatizar el concepto de que el deporte está al servicio de las personas, no las personas al servicio del deporte. Es decir, sería un error y una contradicción a estos fundamentos y principios permitir una práctica que convirtiera a los deportistas y a sus cuerpos en máquinas al servicio del deporte.
DESTRUYE EL CONCEPTO DE DEPORTE
Desde el momento que existen normas que prohíben el dopaje, el recurrir al mismo se convierte en trampa y por tanto, atenta contra el concepto propio de la competición en igualdad de condiciones como uno de los valores intrínsecos al propio deporte.
Si una persona recurre al dopaje y otra no lo hace, no hay una competencia real y se destruye el concepto de deporte. La igualdad o juego limpio es el valor ético preeminente del deporte competitivo. Dado que los deportes son competitivos, deben ser limpios, de lo contrario ya no son deportes, sino espectáculos u obras de entretenimiento visual.
ENVÍA MENSAJES NEGATIVOS A LA SOCIEDAD
El dopaje afecta gravemente al conjunto de la sociedad. El comportamiento y las acciones de los deportistas de elite tiene sin duda un impacto significativo en los jóvenes ya que admiran y aspiran a emular sus héroes deportivos, especialmente sus acciones y actitudes.
El dopaje envía un conjunto de mensajes negativos: primero, el dopaje envía el mensaje de que es aceptable hacer trampa para lograr una ventaja; segundo, el dopaje dice que las personas pueden recurrir a a una pastilla para alcanzar el éxito. Estos mensajes son inconsistentes con los valores con los que la sociedad está tratando de formas a sus jóvenes: no está bien hacer trampa para conseguir una ventaja; no hay sustituto para el esfuerzo, el compromiso, la dedicación y las habilidades. Esto es cierto, tanto en el deporte como en la vida cotidiana.
Derechos y deberes del deportista
Acta de Derechos Antidopaje de los Deportistas
Documento aprobado por el Comité Ejecutivo de la Agencia Mundial Antidopaje en noviembre 2019 y tiene como propósito garantizar que los derechos antidopaje del deportista estén claramente establecidos, sean accesibles y universalmente aplicables.
Acta de Derechos Antidopaje de los DeportistasEnlace externo, se abre en ventana nueva
Derechos del deportista
- Derecho a conocer el organismo responsable de la realización del control de dopaje
- Derecho a ser informado de los trámites esenciales del procedimiento de control y de sus consecuencias.
- Derecho a solicitar información adicional sobre la recogida de muestras.
- Derecho a ser informado de las consecuencias ante la resistencia o negativa a someterse al control sin justificación válida.
- Derecho a no someterse a la prueba, si existe justa causa, entendiendo por tal la imposibilidad de acudir como consecuencia de lesión que le impida objetivamente someterse al control o cuando la sujeción al control, debidamente acreditada, ponga en grave riesgo la salud del deportista.
- Derecho a designar a una persona debidamente documentada, para que le acompañe durante el proceso de recogida de muestras.
- Derecho del deportista discapacitado a solicitar las adaptaciones necesarias en la toma de muestras. Asimismo, el deportista discapacitado tiene derecho a acceder a la sala directa de toma de la muestra con un acompañante, cuando lo necesite.
- El deportista menor de edad tiene derecho a acceder a la sala directa de toma de la muestra con un acompañante, pudiendo renunciar a este derecho sin que ello invalide el control.
- Derecho a solicitar una demora para someterse al control.
- Derecho a no someterse a un control de dopaje fuera de competición que se inicie en la franja horaria comprendida entre las 23 horas y las 6 horas del día siguiente, salvo en casos debidamente justificados.
- Derecho a ser informado por escrito de las razones que justifican la no observancia de la limitación horaria anterior.
- Derecho a ser informado acerca del tratamiento y cesión de sus datos y de los derechos que le asisten en los términos previstos en el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- El deportista con licencia federativa para participar en competiciones de ámbito estatal tiene derecho a solicitar una Autorización de Uso Terapéutico (AUT) que le permita usar sustancias o métodos prohibidos incluidos en la lista de sustancias y métodos prohibidos en vigor.
Deberes del deportista
- El deportista incluido en el Grupo de Seguimiento de la AEPSAD tiene el deber de facilitar los datos que permitan su localización habitual mediante la cumplimentación del formulario correspondiente. Esta obligación también recaerá en los deportistas a quien específicamente se lo comunique la AEPSAD.
- El deportista que participe en una prueba o competición no podrá abandonar la misma hasta que no se hayan realizado las notificaciones de los seleccionados para ser sometidos a control de dopaje, salvo en el caso excepcional de que deba ser evacuado a un centro asistencial por haber sufrido una lesión grave, circunstancia que deberá acreditarse suficientemente y ser comunicada al Oficial de control de dopaje en la competición.
- El deportista tiene el deber de someterse al control.
- El deportista tiene el deber de permanecer en todo momento bajo la observación de los componentes del Equipo de recogida de muestras designados para ello, desde la notificación hasta la finalización del proceso de recogida de muestras.
- El deportista tiene el deber de identificarse en cualquier momento ante el miembro del Equipo de recogida de muestras que lo solicite y mediante documentación oficial que confirme su identidad e incluya fotografía.
- El deportista tiene el deber de presentarse en el área de control del dopaje o en el lugar indicado para la recogida de las muestras en las condiciones que indique la notificación.
- El deportista tiene el deber de indicar, en el momento de pasar un control de dopaje, los tratamientos médicos a que está sometido, los responsables de los mismos y el alcance del tratamiento.
- El deportista con licencia federativa para participar en competiciones de ámbito estatal a quien se haya expedido una Autorización de Uso Terapéutico (AUT) por parte de un organismo internacional, está obligado a remitir una copia a la AEPSAD para su registro desde el inicio de validez de la misma. Será válida la comunicación por formato electrónico.
La lucha contra el dopaje abarca, en la actualidad, una amplia variedad de aspectos que se escapan del conocimiento de muchos entrenadores deportivos. Sin embargo, los técnicos deben estar capacitados para afrontar el reto que constituye prevenir el dopaje entre sus atletas. El hecho de que los entrenadores conozcan los tipos de riesgos a los que se enfrentan sus deportistas, así como el conocimiento de las normas y procedimientos antidopajeaplicables, tiene una repercusión directa en la disminución del riesgo de dopaje.
El entrenador es la primera barrera frente al dopaje
No es necesario que el entrenador se convierta en un experto en normativa legal sobre el dopaje, pero sí esimprescindible que sea capaz de transmitir de una manera clara un mensaje de rechazo hacia estas prácticas.Debe reafirmar ese mensaje con sus acciones y orientar a un deportista ante cualquier situación respecto a esta lacra, ejerciendo así su rol de educador y formador de deportistas.
El entrenador es el principal responsable de la educación en prevención del dopaje de los deportistas que entrena,especialmente de los más jóvenes, por ello debe conocer cómo conducirles a una práctica deportiva y una competición responsable, autónoma y ética.
Proceso de control de dopaje
El proceso del control de dopaje consiste de los siguientes 11 pasos:
(1) Control de dopaje
Cualquier deportista puede ser requerido por cualquier organización Antidopaje con autoridad sobre él para que proporcione una muestra en cualquier momento y lugar.
(2) Notificación al deportista
El deportista será notificado por un OCD o acompañante sobre su selección para un control de dopaje. Se le solicitará firmar un formulario confirmando que el deportista entiende sus derechos y responsabilidades.
(3) Estación de control
El deportista se presentará en la estación de control de dopaje lo antes posible.
(4) Elección de kit
El deportista escogerá un kit de recolección de muestras entre los que se le presenten para elegir.
(5 – 6) Dar la muestra
- Se requerirá un mínimo de 100ml.
- El deportista se desvestirá desde rodillas hasta abdomen y desde manos hasta los codos para proporcionar una visión sin obstrucciones del pasaje de la muestra.
- Un OCD o un acompañante del mismo sexo observará la salida de la orina de su cuerpo.
(7) División de la muestra
El deportista elige un kit de recolección de los que se le ofrezcan; distribuye la muestra en los recipientes A y B; coloca la orina primeramente hasta la línea en la botella B; seguidamente llena el recipiente A y deja una pequeña cantidad en el recipiente de recolección.
(8) Sellado de la muestra
El deportista sella los recipientes A y B.
(9) Concentración de la muestra
El OCD medirá la concentración de la nuestra para asegurar que no esté demasiado diluida como para ser analizada. Si estuviera muy diluida, se le podrá solicitar muestras adicionales.
(10) Firma del formulario
El deportista completará el Formulario de Control de Dopaje de la siguiente forma:
- Proporcionando información personal.
- Anotando las sustancias que pueda estar tomando: medicación recetada, medicación comprada directamente, complementos alimenticios.
- Anotando inquietudes o comentarios, si tuviera alguno, sobre el procedimiento del control al dopaje.
- Confirmando que la información, los números registrados y el código de la muestra sean los correctos.
- Firmando y recibiendo su copia del Formulario de Control de Dopaje.
(11) Análisis de las muestras
Las muestras serán enviadas a un laboratorio acreditado por la AMA de forma estrictamente confidencial tendrán un seguimiento para garantizar su seguridad. La muestra A será analizada y la muestra B será almacenada cuidadosamente para posibles controles posteriores si fueran requeridos. El LCD enviará los resultados a la organización antidopaje y a la AMA.
Documentos
Formulario de solicitud de autorización de uso terapéuticoEnlace externo, se abre en ventana nueva
Guía para solicitar AUTs a través de ADAMSEnlace externo, se abre en ventana nueva
Estánda Internacional para la AUTs.Enlace externo, se abre en ventana nueva
Información médica que avalan solicitudes. Conjunto de más de 21 documentos que describen criterios médicos y pruebas clínicas necesarias para apoyar cada una de las solicitudes en función de las patologías que sufre el deportista.
Consultar tabla para descargar lista de comprobación de documentación en función de la patología
Recursos gráficos

Campaña «En el deporte, yo juego limpio»
Lista de sustancias y métodos prohibidos
- Diseños para impresión:

Campaña «En el deporte, yo juego limpio»
Infracciones Normativa Antidopaje
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- Diseños digital:
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-
Recursos Multimedia
Campaña educativa CELAD: «En el deporte, yo juego limpio»
Qué es el dopaje (I)
Qué es el dopaje (II)
La Lista de sustancias y métodos prohibidos
Procedimientos de control de dopaje
Los Valores de un deporte justo (I)
Los Valores de un deporte justo (II)
Complementos alimenticios y dopaje
El Principio de Responsabilidad Objetiva
NoDopApp y NoDopWeb
Anabolizantes y dopaje

